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Nueva sentencia que avala la legalidad de las páginas de enlaces P2P

marky

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21 Mar 2007
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lorca
La labor de enlace no es "ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública", sino "la esencia misma de Internet". De hecho, es lo que hace Google. Así de contundente es la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Barcelona que absuelve el dueño de Indice-web.com, que había sido demandado por la SGAE por una posible violación de derechos de propoiedad intelectual.

Todo ello, mientras la Ley de Economía Sostenible, que prevé el cierre rápido de sitios de enlaces P2P, sigue en el Congreso esperando su tramitación parlamentaria.

Se trata de la segunda sentencia de este tipo, tras el caso del sitio web 'Elrincondejesus.com', cuya sentencia absolutoria consideraba no sólo que las páginas de enlaces son legales, sino que reafirmaba la legalidad de las propias redes de intercambio P2P en nuestro país.


'Esencia de Internet'

La sentencia da por acreditado que "no se almacenan ningún tipo de contenidos audiovisuales en el sitio web Indice-web.com", que "en las redes P2P las transmisiones se realizan entre usuarios de la Red y no interviene Indice-web.com en modo alguno", y que los servicios de dicho sitio web de enlaces "son gratuitos".

Pero el juez Eduardo Gómez López va más allá, y considera que esa labor de enlazar o "crear un índice que favorece y orienta a los usuarios para acceder a otros webs o a las redes de intercambio de archivos P2P (...) constituye la esencia misma de Internet".

"Es más, éste sería un caos si no hubiera páginas y/o buscadores (como Google) que facilitan hacer aquello que en este procedimiento pretende que se declare como acto vulnerador de derechos, esto es, enlazar a otras páginas o a las llamadas redes P2P", dice la sentencia, que desestima la demanda de la SGAE y se le imponen las costas judiciales.


El conocimiento medio de Internet del juez

Como nota anecdótica, en esta ocasión, el juez da más credibilidad a los informes periciales presentados por la defensa (en este caso, los abogados David Bravo y Javier de la Cueva) a cargo del experto Juan Carlos García Cuartango frente a los aportados por la acusación, ratificados por un letrado.

El juez explica esta preferencia "no sólo por la titulación profesional de los firmantes (que sin ser un criterio absoluto, otorga una presunción de mejor y mayor conocimiento a un técnico de telecomunicaciones que a un jurista), sino también y sobre todo, por la mayor coherencia de sus conclusiones y observaciones, y, además, porque las mismas se ajustan más a los conocimientos generales que tiene cualquier usuario medio, como es quien suscribe, de Internet".


Fuente: elmundo.es