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Desarrollar programas para el intercambio de archivos es legal en España

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16 Sep 2009
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Madrid, 9/Abril/2014. En el día de hoy ha sido notificada resolución de la Audiencia Provincial de Madrid, que ratifica la sentencia favorable a Pablo Soto, informático español creador de Blubster y otros programas p2p de intercambio de archivos. Las cuatro discográficas más grandes del mundo pedían a Soto una indemnización de más de 13 millones de euros, al considerar que su actividad de desarrollo supone una infracción de propiedad intelectual y un acto de competencia desleal.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid considera que “la posición de los demandados, como creadores y distribuidores de los programas de intercambio de archivos, está al margen de las responsabilidades que puedan exigirse por el uso concreto que se dé a los mismos.”

La sentencia, que no solo considera que el desarrollo de herramientas para el intercambio de archivos es legal sino que es incluso el ejercicio del derecho constitucional de libertad de empresa, dice que “ofertar una tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno” y que la actividad de Soto “tampoco supone un acto de obstaculización al negocio” que las discográficas desarrollan.

El tribunal recuerda que “el programa está concebido para el intercambio de todo tipo de archivos de audio”, incluidos los sujetos a licencia libres, como las Creative Commons, y apunta a que ésta “no es sólo una posibilidad teórica, sino real” como quedó acreditado durante el juicio.

La Audiencia Provincial de Madrid aborda también las medidas de protección de la privacidad de los usuarios, asegurando que “la confidencialidad con la que se producen las comunicaciones en la red [desarrollada por Soto], lejos de tener que ser observado como una maniobra subrepticia,” como aseguraban las discográficas, son sencillamente “a lo que aspira todo usuario de dicha red mundial.”

“Esta sentencia recoge lo que llevamos seis años defendiendo,” dijo Pablo Soto, desarrollador de Blubster, "estamos decididos a seguir luchando para que las multinacionales, con su enorme poder y sus grandes despachos de abogados, no arrasen con los derechos de los desarrolladores, los usuarios, y los propios artistas."

“Hoy, con la sentencia en la mano, podemos lanzar la siguiente generación de Blubster. Nos quemaba en las manos y hemos decidido hacerla disponible en http://www.blubster.com hoy mismo.” añadió Soto.

Por su parte, el abogado de Soto, David Bravo, ha calificado la sentencia como “muy fundamentada” y considera que dota de seguridad jurídica a los desarrolladores de software al no aceptar “creativas interpretaciones legales que pretenden considerar responsable de una infracción de propiedad intelectual al mero creador de una herramienta de intercambio de archivos”.


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Acerca del abogado David Bravo:

David Bravo es abogado de Pablo Soto y sus empresas desde 2005 y ha dirigido su defensa en la demanda interpuesta por las discográficas. Ha intervenido también en la defensa de otros casos contra las multinacionales discográficas como el caso Sharemula, primer procedimiento en vía penal en España en obtener una resolución favorable a una web de enlaces a redes P2P y el caso indice-web.com, primera web de enlaces en obtener una sentencia firme y favorable en vía civil.


Acerca de Pablo Soto:

Considerado uno de los pioneros del P2P, participa de manera frecuente en foros nacionales e internacionales y, en algunas ocasiones, ha impartido clases como profesor invitado en varias universidades del Estado. Ha recibido diversos premios tanto dentro como fuera de España y, en 2009, fue galardonado con el Pioneer Award de la Asociación Internacional de la Computación Distribuida (DCIA por sus siglas en inglés). Sus progresivos logros han sido foco de atención de la prensa internacional, incluyendo CNN, The New York Times, Reuters, AP, USA Today, C/Net, Rolling Stone, CBS News, San Jose Mercury News, entre otros.

Fuente: http://www.pablosoto.com/
 
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